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  • Innovación Digital: Liderando el Cambio Empresarial
  • VeriFactu: el Gobierno retrasa la obligación a 2027 (pymes en enero, autónomos en julio)
  • VeriFactu: el Gobierno retrasa la obligación a 2027 (pymes en enero, autónomos en julio)

    Nuevos plazos del RRSIF: qué cambia para sociedades y autónomos
    11 de julio de 2026 por
    VeriFactu: el Gobierno retrasa la obligación a 2027 (pymes en enero, autónomos en julio)
    Elias Zreik

    El Gobierno ha movido ficha: mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, VeriFactu deja de ser obligatorio en 2026 y su plazo se traslada a 2027. Las sociedades deberán cumplir antes del 1 de enero y el resto de autónomos y obligados tributarios antes del 1 de julio. No es una marcha atrás en la lucha antifraude: es un año extra para adaptar tu facturación con cabeza en lugar de a última hora.

    En una frase
    VeriFactu no desaparece: solo se retrasa un año, así que dispones de doce meses para migrar a un sistema de facturación verificable sin sobresaltos ni multas.
    Los nuevos plazos, de un vistazo
    1 enero 2027
    Sociedades — las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades deben tener sus sistemas de facturación adaptados a VeriFactu.
    1 julio 2027
    Autónomos y resto de obligados — se incorporan a la obligación.

    ¿Qué ha cambiado exactamente con el aplazamiento de VeriFactu?

    Cambian las fechas, no las reglas del juego. El Real Decreto-ley 15/2025 amplía el plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación (SIF) a los requisitos del reglamento antifraude (RRSIF). El objetivo declarado es garantizar una implantación ordenada y homogénea en todo el tejido empresarial, después de que quedara claro que buena parte de las empresas no llegaba a la fecha original. Estos son los nuevos plazos que debes anotar en el calendario.

    • Sociedades. Las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener sus SIF adaptados antes del 1 de enero de 2027.
    • Autónomos y demás. El resto de obligados tributarios dispone de plazo hasta antes del 1 de julio de 2027.
    • Periodo de pruebas. Los meses previos a cada fecha funcionan como periodo de pruebas para remitir registros con un SIF en modalidad VERI*FACTU antes de la obligación plena.
    • Un año justo. Las fechas anteriores eran el 1 de enero y el 1 de julio de 2026: la prórroga es exactamente de doce meses.
    2027
    1 de enero: sociedades (Impuesto sobre Sociedades)
    2027
    1 de julio: autónomos y resto de obligados
    +1
    año de margen frente al calendario original

    ¿Por qué el Gobierno ha dado más tiempo?

    Porque la mayoría del tejido empresarial no llegaba. Los estudios publicados a lo largo de 2025 y principios de 2026 dibujan un panorama de baja preparación: muchas pymes ni siquiera tenían un plan de adaptación, y entre los autónomos la cifra de rezagados era todavía mayor. A esa falta de preparación se sumaron los costes de implantación, la escasez de software certificado y la presión de las patronales para ganar tiempo. El resultado es este aplazamiento, que reconoce la realidad sin renunciar al fondo del cambio.

    Autónomos aún sin adaptarse
    88%
    Pymes no preparadas
    65%
    Pymes sin plan de adaptación
    62%
    Fuente: Autónomos y Emprendedor (enero 2026), Barómetro Quipu 2025 y TeamSystem.

    ¿Qué debería hacer tu pyme con este margen extra?

    Usarlo para migrar bien, no para volver a aplazar la decisión. La diferencia entre las dos actitudes es enorme: quien se prepara con calma elige software, forma al equipo y prueba el sistema; quien lo deja para el último trimestre acaba comprando con prisas y corrigiendo errores en plena obligación. El margen es una ventaja solo si se aprovecha.

    ESPERAR AL ÚLTIMO TRIMESTRE

    Decisiones apresuradas, poca oferta de software libre disponible, formación exprés del equipo y riesgo de emitir facturas que no cumplen. El coste emocional y económico se concentra justo cuando llega la obligación.

    ADAPTARTE AHORA CON MARGEN

    Eliges herramienta con criterio, usas el periodo de pruebas, ordenas tus datos y conviertes una imposición legal en una mejora real de tu gestión. Llegas a 2027 con los deberes hechos.

    Aquí es donde el retraso se transforma en oportunidad. Un sistema como Odoo genera registros de facturación trazables e inalterables, alineados con el estándar antifraude que persigue VeriFactu, y de paso integra ventas, contabilidad e inventario en un mismo lugar. Migrar ahora no es 'cumplir por cumplir': es aprovechar la obligación para digitalizar tu operativa. Si además exploras la inteligencia artificial dentro de Odoo, el mismo esfuerzo de adaptación te deja una gestión más automatizada. Y conviene no confundir VeriFactu con la factura electrónica B2B obligatoria del RD 238/2026: son dos calendarios distintos que a menudo se mezclan.

    La lectura epoint

    Un año de prórroga es un regalo solo si lo usas. Lo hemos visto muchas veces en veinte años ayudando a pymes: quien espera al último minuto acaba pagando más y peor. La recomendación es sencilla: elige ahora una herramienta que ya cumpla el estándar, ordena tus datos y llega a 2027 con la facturación resuelta y, de paso, con una gestión más moderna. La normativa marca el 'cuándo'; tú decides si sales de ella igual o mejor de como entraste.

    ¿Y si aprovechas para digitalizar de verdad?

    El cambio de facturación es una excusa perfecta para revisar toda tu operativa. Muchas pymes descubren, al adaptarse a VeriFactu, que arrastraban procesos manuales, hojas de cálculo dispersas y datos duplicados. Sustituir eso por un sistema integrado no solo te pone al día con Hacienda: te ahorra horas cada semana. Si quieres una hoja de ruta realista, nuestra guía práctica de IA para pymes explica cómo empezar sin complicarte y con retorno rápido.

    ¿Tengo que hacer algo antes de 2027 con VeriFactu?

    No estás obligado hasta la fecha que te corresponda (1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto), pero conviene empezar ya. Usar el periodo de pruebas con un SIF en modalidad VERI*FACTU te permite detectar fallos y llegar a la obligación con todo funcionando.

    ¿VeriFactu y la factura electrónica B2B son lo mismo?

    No. VeriFactu regula cómo deben ser los sistemas de facturación (registros inalterables y verificables ante Hacienda), mientras que la factura electrónica B2B obligatoria, fijada por el RD 238/2026, regula el intercambio de facturas en formato electrónico entre empresas. Son normativas complementarias con calendarios propios.

    ¿Odoo cumple con VeriFactu?

    Odoo está diseñado para generar registros de facturación trazables e inalterables, en línea con los requisitos del reglamento antifraude. Con la configuración adecuada para el mercado español, permite emitir facturas conforme al estándar VeriFactu y, además, centralizar ventas, contabilidad e inventario. En epoint te ayudamos a dejarlo listo antes del plazo.

    Fuentes: Agencia Tributaria · El Derecho · Autónomos y Emprendedor

    ¿Quieres llegar a 2027 con la facturación resuelta?

    Te ayudamos a elegir e implantar un sistema que cumpla VeriFactu y, de paso, ordene tu gestión. Aprovecha el margen para hacerlo bien.

    Hablemos
    en Innovación Digital: Liderando el Cambio Empresarial
    # Facturación electrónica Odoo Pymes VeriFactu
    VeriFactu: el Gobierno retrasa la obligación a 2027 (pymes en enero, autónomos en julio)
    Elias Zreik 11 de julio de 2026
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    Facturación electrónica Odoo Pymes VeriFactu


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